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By Sidney Paget (1860 - 1908) (Strand Magazine) vía Wikimedia Commons |
"Se faculta al director General de Vivienda para la adopción de las medidas necesarias en orden al desarrollo y ejecución de los programas de inspección".
En resumen se autoriza al señor directos general de la vivienda a que disponga, haga, deshaga, proponga, organice, describa y diseñe cuantas medidas crea necesarias. Al menos la consejera de Fomento podía haberle acotado su trabajo, más que nada para reducir el estrés del señor director ante las infinitas posibilidades que esta orden le abre a su trabajo de inspección.
Entrando en materia, esta aparentemente inocente y superflua Orden, tiene una íntima relación con el denominado hace pocas fechas por el legislador como "el derecho a la vivienda en Andalucía". En la descripción de tal derecho, tiene una fundamental relevancia la definición de vivienda deshabitada, aportación de la mano intervencionista del señor Valderas (esto es una suposición), claro que para definir una vivienda como deshabitada alguien tiene que hacerlo y una vez realizada la inspección nos advierten de los perjuicios y consecuencias que se derivan de ello. Comenzad a temblad poseedores de viviendas deshabitadas.
Pues este plan contiene otra lindeza de igual o superior maldad además de la inspección de viviendas, es la inspección de los depósitos de fianzas, que además su control va a ser traspasado. Es decir que el director general de la vivienda va a disponer de los depósitos que en concepto de fianza se originan en el arrendamiento de viviendas andaluzas. ¿No estaría mejor controlado estos fondos por una entidad como la Caja General de Depósitos o similares?
En resumen, la principal actividad policíaca se basará en un sistema de información, notificaciones, vigilancia, control y práctica de cuantas actuaciones sean necesarias para incentivar la puesta en el mercado de los inmuebles desocupados.
Personalmente no parece descabellado que dada la perversidad del mercado inmobiliario se incentive el mercado de alquiler, pero, dado que el decreto rector de todas estas actuaciones se fija deliberadamente en las viviendas propiedad de los malvados bancos, financieras e inmobiliarias, y dado que la propia Junta ha hecho desaparecer de la web las viviendas de su propiedad, no parece que esta incentivación sea adecuada y siquiera defendible.
La segunda faceta policíaca tiene que ver con la vigilancia de la obligación de los propietarios de depositar la fianza, mediante las actuaciones tendentes a constatar los incumplimientos e iniciar los expedientes.
La verdad que la sensación de crear miedo , la han conseguido, la negatividad del legislador es palpable.
Vigilancia, policía, control, castigo y penas.
Personalmente pienso que el "arco de iglesia" es demasiado grande para estos inútiles albañiles. El mercado de la vivienda andaluz es muy extenso, las segundas residencias muchas, las viviendas vacías contra la voluntad del propietario también muchas, el mercado controlado por la propia Junta, muy ineficiente, la movilidad de los inquilinos en las viviendas, muy elevada, los pisos en poder de bancos e inmobiliarias, infinitos, el mercado de venta de viviendas en caída libre. ¿Y este escenario completamente móvil y variable, va a ser controlado por el señor Director General de la Vivienda? ¿Él y cuantos miles de funcionarios más?
CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA
Orden de 10 de mayo de 2013, por la que se aprueba el Plan Extraordinario de Inspección de Viviendas 2013-2014.
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