El BOCM 183 de 3 de agosto de 2026, llega cargado de movimiento administrativo, pero también deja ver tres pulsos claros del momento: la Universidad Carlos III abre un valioso turno libre de empleo con 67 plazas docentes y 21 de administración; el Gobierno regional activa la fase uno del manual burocrático, creando una Comisión Interdepartamental para la recuperación de la Sierra Oeste; y, entre tanto, la Comunidad despliega un dispositivo excepcional de gestión de residuos tras los incendios de julio, habilitando ayuntamientos, mancomunidades y centros públicos para una operación masiva, rápida y ambientalmente delicada, y que deja una pregunta flotando: ¿Quién controla y audita este despliegue acelerado?
Es interesante entre tanta LIBRE DESIGNACIÓN, CONCURSO DE MÉRITOS, NOMBRAMIENTOS y similares, poder leer la expresión TURNO LIBRE.
ANUNCIO 16 RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2026, de la Universidad Carlos III de MadridPublicación de la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2026.
Personal docente e investigador:
— 67 plazas de personal docente e investigador por turno libre que corresponden a:
• 56 plazas para cuerpos docentes universitarios y
• 11 plazas destinadas a la incorporación de personal investigador doctor de programas de excelencia que hayan obtenido el certificado I3/R3.
— 67 plazas del cuerpo de Catedráticas y Catedráticos de Universidad por promoción interna.
Personal técnico, de gestión y de administración y servicios:
— 21 plazas para personal técnico, de gestión y de administración y servicios funcionario por turno libre.
Qué es lo mejor que saben hacer los burócratas: en este orden: crear una comisión, la comisión crea problemas, intentar resolver problemas creados, externalizar la solución efectiva del problema. Ahora mismo estamos en la fase uno: crear una comisión.
Anuncio 18 ACUERDO de 29 de julio de 2026, del Consejo de Gobierno
por el que se crea la Comisión Interdepartamental para la Recuperación de la Sierra Oeste de la Comunidad de
Madrid.
Es un grupo de trabajo creado para impulsar y coordinar las acciones de ayuda identificadas
El Presidente, El Vicepresidente, Los Vocales, titulares de las secretarías generales técnicas de todas las consejerías de la Comunidad de Madrid, Los suplentes de los vocales, que serán los directores o subdirectores generales que resulten competentes por razón de la materia.
Los miembros de la Comisión no recibirán retribución económica ni indemnización alguna por su pertenencia a la misma.
La Comisión quedará suprimida en el plazo de un año desde su aprobación.
La Comunidad de Madrid activa un conjunto de medidas extraordinarias para gestionar los residuos generados por los incendios forestales declarados en julio de 2026. La resolución habilita instalaciones, operadores y procedimientos excepcionales para garantizar una respuesta rápida y ambientalmente segura. También fija un régimen de coordinación, vigencia y control documental durante toda la fase de recuperación. y yo me pregunto: ¿quíen vigilará, controlará y auditará todo este barullo de gestión rápida de residuos?
Anuncio 20
RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2026, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular.
Medidas extraordinarias para la gestión de los residuos generados por los incendios forestales durante la fase de recuperación de la emergencia en la Comunidad de Madrid.
Se autoriza a Ayuntamientos, Mancomunidades y Ayuntamiento de Madrid, Instalaciones autorizadas de gestión de residuos, Centros autorizados de tratamiento de vehículos (CAT), Empresas transportistas y distribuidoras de energía, Centros públicos de RCD (San Martín de Valdeiglesias y Navalcarnero)
Los residuos podrán clasificarse inicialmente por grandes categorías (vegetales, RCD, metales, vehículos, peligrosos). Los residuos peligrosos deberán segregarse en origen.
Se prohíbe expresamente mezclar residuos con amianto en acopios generales. El desamiantado se realizará “de forma segregada y obligatoria en origen mediante empresas inscritas en el RERA” .
Las instalaciones podrán aplicar documentación simplificada, garantizando identificación, procedencia y trazabilidad.
Protección de la calidad del aire: Se exige humectación sistemática en carga, transporte y trituración, y transporte entoldado para minimizar PM10 y PM2.5.
Gestión de biomasa quemada: Se autoriza el astillado y triturado urgente en monte o parcelas municipales para evitar plagas y combustión espontánea. En espacios protegidos solo se permite triturado y esparcido como acolchado.
Condiciones de emplazamiento de acopios: Los acopios deberán situarse lejos de cauces, masas de agua y espacios protegidos, evitando contaminación y riesgos de reignición.
Vigencia: El acopio extraordinario se limita a seis meses, prorrogables.







