10 mayo 2013

El derecho a decidir del pueblo de Cataluña

By old (Old) [Public domain], via Wikimedia Commons
Hasta esta entrada, nunca había reproducido literalmente en contenido de ninguna norma, pero este caso me parece una buena ocasión para hacerlo.
Esta impugnación se refiere a una disposición autonómica catalana, la que aprueba la declaración de soberanía y del derecho a decidir del "pueblo" de Cataluña.
Mi opinión al respecto es sencilla, el único que tiene derecho a decidir es el pueblo español, sus partes no tienen relevancia decisoria, ya que caeríamos en la paradoja de poder aplicar el principio de decisión a partes del pueblo español, por lo que también podría decidir el pueblo barcelonés, el pueblo ampurdanés o el pueblo ripollés y nadie en Cataluña tendría argumentos para impedirlo.
Cuando todos los españoles decidamos que esto sea posible, entonces, los catalanes podrán decidir en los términos que el pueblo español halla determinado.


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112 Viernes 10 de mayo de 2013 Sec. I. Pág. 35359
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
4859 Impugnación de disposiciones autonómicas n.º 1389-2013, contra la Resolución 5/X del Parlamento de Cataluña, de 23 de enero de 2013, por la que se aprueba la Declaración de soberanía y del derecho a decidir del pueblo de Cataluña.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de mayo actual, ha acordado admitir a trámite la Impugnación de Disposiciones Autonómicas número 1389-2013, promovida por el Gobierno de la Nación, contra la Resolución 5/X del Parlamento de Cataluña, de 23 de enero de 2013, por la que se aprueba la Declaración de soberanía y del derecho a decidir del pueblo de Cataluña. Y se hace constar que por el Gobierno se ha invocado el art. 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de la Resolución 5/X, del Parlamento de Cataluña, de 23 de enero de 2013,
desde la fecha de interposición de la impugnación –8 de marzo de 2013–.
Madrid, 7 de mayo de 2013.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

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