Aunque no se puede extraer grandes conclusiones del edicto del Ayuntamiento de Estepona, en el que relacionan a las personas inculpadas en diferentes expedientes sancionadores, de los que ignoran su paradero, domicilio o ausente en el reparto de multas y sanciones, si podemos intentar analizar las sanciones y su tipología. También hay que decir, que se desconoce si hay una gran cantidad de sanciones que se entregan a los infractores y por lo tanto no aparece en este edicto, también se desconoce si existen otros canales de comunicación de las sanciones municipales.
En primer lugar, decirles a los infractores que si han proporcionado su número de identificación fiscal o su documento nacional de identidad o de cualquier otra índole identificativa, no se van a escapar del largo brazo de la ley, en este caso, municipal.
En segundo lugar, quiero manifestar que todas las leyes, normas y reglamentos deben de cumplirse, siempre o por lo menos casi siempre.
Bien, Pues el edicto analizado presenta 63 infracciones de diversas índoles y corresponden a los meses de diciembre, enero, febrero y marzo. Desconociendo el número total de infracciones realizadas y notificadas, no es posible determinar el grado de notificaciones fallidas. En principio parecen pocas. 63 notificaciones fallidas en casi 4 meses parece un pequeño porcentaje.
Respecto a los importes de las sanciones varían desde los 18,50 euros hasta los 3.001 euros.
El ranking lo encabeza el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, con 25 infractores de ignoto paradero.
Las sanciones a establecimientos, parece que en general bares y similares, se encuentran en el segundo puesto con 11 infractores no localizados.
La contaminación acústica se encuentra en el tercer puesto con 8 infractores ausentes.
Las infracciones relacionadas con las mascotas se encuentran en cuarto lugar con 6 infractores, empatado con los infractores por venta ambulante que también presenta 6 infractores.
Realizar actividades en la vía pública como dar masajes, tocar instrumentos, supongo que son instrumentos musicales, y otras actividades no detalladas ¿prostitución?, se encuentra en el quinto lugar con 4 infractores no localizados.
Y en último y sexto lugar se encuentran los infractores variados, realizar necesidades fisiológicas en la calle, quemar broza o echar escombros a la basura.
Si lo que quiere usted es infringir las normas con poco coste, le recomiendo dar de comer a los animales en la vía pública, incumplir la norma le costará 18,50 euros
Si bebe en la calle para que le salga más barato, tenga cuidado, le pueden sancionar con 100 euros.
Las sanciones relacionadas con las mascotas también son bastante asequibles, los excrementos en la vía pública, la falta del chip o el perro suelto le cuesta 75 euros.
En el lado opuesto, realizar actividades sin permiso le costará 751 euros, importe que desaconseja cualquier actividad ante el público sin permiso. Dar la lata acústica a los vecinos no está mal de coste, 150 euros.
Y la actividad que se puede desarrollar irregularmente en la vía pública y que le saldrá carísima es la venta ambulante, 3.001 euros parece bastante dinero, venda usted lo que venda.
Las irregularidades de los establecimientos tienen un coste diferente, dependiendo de la infracción cometida de 200 a 1.000 euros, siempre estamos hablando de este edicto, con toda seguridad otro tipo de infracciones serán más elevadas.
Por motivos desconocidos, se echan en falta infracciones relacionadas con otras áreas sobre las que las autoridades municipales tienen competencias. Es díficil de entender que en Estepona solo publiquen infracciones de sujetos no localizados relacionadas con el consumo de alcohol, papeles de los establecimientos, mascotas, molestias acústicas, venta ambulante o actividades no permitidas en la vía pública.
En el próximo edicto de esta naturaleza observaré si se repiten los patrones de sanciones con infractor no localizado, pero y aunque parezca un prejuicio, parece que la autoridad esteponera tiene cierta PREDILECCIÓN por ciertas infracciones. Estaré al tanto.
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