09 abril 2013

Entidades sin Fines Lucrativos


Las ESFL deberán de adaptarse al marco del Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y, en consecuencia, con las normas internacionales de información financiera, lo que permitirá que los aportadores de fondos, beneficiarios y otros interesados en la actividad desarrollada por estas entidades, puedan conocer la imagen fiel de su patrimonio, de la situación financiera y de las variaciones originadas en el patrimonio neto durante el ejercicio.
Las entidades que se podrán aplicar este plan serán aquellas que cumplan dos de estas 3 condiciones:
a) Que el total de las partidas del activo no supere los 2.850.000 euros.
b) Que el importe neto de su volumen anual de ingresos no supere los 5.700.000 euros.
c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea > 50.

Para las que tengan realmente muy pequeño tamaño, se las define como microentidades sin fines lucrativos, que vienen definidas por cumplir 2 de las 3 condiciones siguientes:
a) Que el total de las partidas del activo no supere 150.000 euros.
b) Que el importe neto de su volumen anual de ingresos no supere los 150.000 euros
c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 5.





MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD
Entidades sin fines lucrativos. Plan de Contabilidad
  • Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos.


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