22 abril 2013

Splash, una sociedad de 3.006 euros de capital tiene que devolver una ayuda de 3.592.123,10 euros


La sociedad SPLASH INTERNACIONAL 21, S.L., tiene que devolver la importante cantidad de 3.592.123,10 euros por incumplimiento total de las condiciones requeridas por el programa de Incentivos Regionales en la Zona de Promoción Económica de la  Comunidad Autónoma de Andalucía. La subvención a fondo perdido se concedió el 7 de abril de 2011 y se obliga a su devolución por no acreditar la disposición de todas las autorizaciones, licencias y permisos necesarios para iniciar la ejecución de las inversiones. Además esta sociedad deberá de pagar una buena suma en intereses.
Hasta aquí, si no se indaga un poquito más, parece un incumplimiento habitual, sin embargo en este caso, hay que considerar algunas características especiales más, a saber:
La sociedad Splash tiene un capital de 3.006 euros, está regentada por el empresario sevillano Francisco Javier Sánchez de la Calzada, y tiene como objeto social la explotación de guarderías infantiles, centros geriátricos de día y residencias de ancianos. Pompas fúnebres y servicios relacionados, etc, etc. El proyecto  subvencionado consistía en construir un hotel en El Ejido con un coste presupuestado de 36 millones de euros.
Además la Junta de Andalucía también interviene en el proceso, a través de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte se encarga de evaluar las solicitudes presentadas relativas a proyectos turísticos en Andalucía y emite un informe que analiza aspectos como la adecuación a la normativa sectorial y los planes, programas y demás instrumentos de planificación turística de la Comunidad.
Se me ocurren más preguntas, pero solo recogeré 3 de ellas:
¿Una sociedad con 3.006 euros de capital es evaluada positivamente para realizar un proyecto de 36 millones de euros?
¿Una sociedad cuyo objeto social son la explotación de guarderías infantiles y las pompas fúnebres es evaluada positivamente para construir un hotel de 299 habitaciones en El Ejido?
¿En el caso de que esta sociedad no pueda devolver la ayuda, dimitirá el Consejero o Consejera de Turismo, Comercio y Deporte por evaluar positivamente a una empresa que claramente no podría hacer frente a este proyecto?

http://www.boe.es/boe/dias/2013/04/22/pdfs/BOE-A-2013-4252.pdf


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