
Ambiente, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, resuelve de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental practicada según la sección 2.ª del capítulo II, artículos 16 y 17, y el análisis realizado con los criterios del anexo III del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, no es previsible que el proyecto Aeródromo privado en Pajares de los Oteros (León), cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la presente Resolución, en especial los señalados en los informes de la Confederación Hidrográfica del Duero y de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación prevista en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.
Realmente estarán de enhorabuena los propietarios y usuarios de aeronaves, que no veo yo que sea muy abundante en la zona, aunque si la pista no molesta a la avifauna, bienvenida sea.
Fotos de Pajares de los Oteros
Resolución de 12 de abril de 2013, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Aeródromo privado en Pajares de los Oteros, León.
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